El rector firma la resolución definitiva mediante la cual la Universidad de Almería deja claros los criterios académicos particulares para la adaptación de la actividad docente y la evaluación no presencial, obligados por la situación excepcional debida al COVID-19.
La normativa propia de funcionamiento de la Universidad de Almería ha venido en las pasadas horas a completar y a facilitar el cumplimento del Documento Marco rubricado el sábado anterior por el consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por los once rectores de las universidades andaluzas y por el director de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento. En el mismo, sobre adaptación docente y evaluadora motivada por el COVID-19, se habla de “garantizar una actuación coordinada y planificada”, elaborando un “marco compartido de criterios”, pero que “sirvan de referencia” a las medidas que cada universidad adopte. Así, la UAL ha encajado los acuerdos generales del contexto andaluz, tal y como dice el acuerdo, “en el ejercicio de su autonomía y en función de sus características”, siempre respetando los principios de “información a los estudiantes, calidad, transparencia y documentación, o inclusión y flexibilidad, coordinación y el mantenimiento del calendario académico previsto”.
En ese sentido, Carmelo Rodríguez ha resuelto una serie de medidas para facilitar a los estudiantes de la Universidad de Almería la adquisición de “los conocimientos y competencias” y que “su evaluación se realice con garantías suficientes”. Aplicada a los Trabajos Fin de Estudios, bien sean Trabajos Fin de Grado o Trabajos fin de Máster, y a la defensa de las Tesis Doctorales, la Resolución del rector de la UAL les dedica puntos específicos, en su caso relativos a la adaptación de la evaluación al formato no presencial”. Así, y como aspecto inicial a ese respecto, determina que “el profesorado tutor de TFE llevará a cabo el seguimiento de los trabajos de forma remota u on-line, a través de procedimientos síncronos o asíncronos”. Aplicando la reglamentación propia, importante es que “se deja abierta la posibilidad de que las comisiones evalúen los TFG sin defensa pública, según el artículo 5.4.b. de la normativa general para la organización y evaluación de la asignatura de trabajos de fin de estudios (grado y máster) en los programas de enseñanzas oficiales de la Universidad de Almería, aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2017”.
De esta manera, “los Centros podrán adaptar su regulación específica para modificar el sistema de su evaluación”. Además, debido a las restricciones por la contención del COVID-19, igualmente se tiene presente que los TFE, especialmente los de modalidad experimental o con recogida de datos ligados a prácticas o de cualquier otra modalidad de índole presencial, se podrán adaptar a otras modalidades “más teóricas o de revisión”, ante la imposibilidad de acceder a los laboratorios y otros espacios. Se suma a ello que la opción de comisiones evaluadoras de TFG grupal, a criterio del centro, “por lo que los tutores podrán participar en las comisiones que evalúen a sus estudiantes tutelados”, mientras que en los TFM “la defensa será pública, tanto en su formato presencial como online”. En ese punto se fija que los Trabajos Fin de Estudios con defensa pública “serán defendidos en formato online mediante el procedimiento que establezcan los vicerrectorados competentes en Grado y Máster”. De todas estas medidas se desprende el respeto a los principios anteriormente referidos.
Para mayor tranquilidad de los estudiantes afectados por estas adaptaciones, los matriculados en TFE este curso, en el caso de que no puedan defenderlo por no poder adaptar la modalidad experimental o presencial, tendrán continuación de matrícula hasta la convocatoria extraordinaria de finalización de estudios. No obstante, se podrá habilitar a los centros, previo análisis de la Comisión de Calidad, para que permitan a los estudiantes de los títulos que tienen recogida la obligatoriedad de tener aprobados los créditos restantes y, por tanto, las prácticas curriculares, defender excepcionalmente sus TFE. Las modificaciones en los procedimientos administrativos, la tutela y los procedimientos de evaluación de los TFE se incorporarán al informe para el seguimiento de los títulos en las Comisiones de Calidad de las facultades o centros correspondientes, y asimismo, se incorporará una adenda a la Guía Docente de estos Trabajos fin de Estudios, si hubiese adaptación de su contenido o se modificaran los criterios de evaluación o sus ponderaciones, publicándose en la web del título antes del 29 de abril.
La resolución del rector Carmelo Rodríguez respecto a la defensa de las tesis doctorales determina que la UAL aprobará el protocolo para que sea no presencial, como no, “garantizando plenamente la identidad del doctorando y la publicidad del acto”. Igualmente “se garantizará el plazo de exposición pública previsto en la normativa de doctorado, con el fin de que cualquier doctor pueda examinar la Tesis Doctoral y, en su caso, formular por escrito cuantas alegaciones estime oportunas”. Alineación total con el Documento Marco andaluz, dice en cuanto a la suspensión de los plazos administrativos en vigor que “se interpreta que el interesado en el procedimiento es el doctorando y puede mostrar su conformidad con que no se suspenda el plazo”, aspecto arropado con lo establecido en el apartado 3 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/220, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.