Convocatoria lanzada por el Vicerrectorado de Postgrado, Empleabilidad y Relaciones con Empresas e Instituciones de la UAL, esta beca tiene como criterio de adjudicación la renta per cápita obtenida por la unidad familiar y se puede presentar hasta el 1 de junio.
Está contemplado oficialmente por parte de la Universidad de Almería, dentro de la Normativa de Organización y Reguladora de las Enseñanzas Propias, que la UAL «destinará un 5% del presupuesto de ingresos” de todas las enseñanzas propias a generar “una bolsa de financiación de becas propias o proyectos (…) necesarios para el correcto funcionamiento de la labor docente”. Sobre esa base, y con una financiación propia, el Vicerrectorado de Postgrado, Empleabilidad y Relaciones con Empresas e Instituciones ha generado una convocatoria, abierta hasta el próximo día 1 de junio, de ‘Ayuda para estudios de Formación Continua’, siendo su objetivo el de “compensar las condiciones socioeconómicas desfavorables de aquellos estudiantes que hayan cursado alguna actividad ofertada por el Centro de Postgrado y Formación Continua de la UAL”. Toda la información está en la web https://www.ual.es/estudios/gestionesacademicas/becas/ayudasestudio/informaciongeneralayudafcontinua, y los interesados deben cumplimentar el formulario a través del Campus Virtual, en la Secretaría Virtual, opción Becas UAL, del enlace http://campus.ual.es.
Tendrán la consideración de actividades de Formación Continua correspondientes al curso académico 2019-20 aquellas cuyo plazo oficial de matrícula finalice con posterioridad a 31 de mayo de 2019 y a su vez con anterioridad a 1 de junio de 2020, fecha límite también para presentar la solicitud de beca. Así, será obligado realizar o estar realizando alguna actividad ofertada por el Centro de Postgrado y Formación Continua durante este curso académico, sin estimarse dentro de esta convocatoria aquellas actividades subvencionadas que no se requieran el abono de precios públicos. De hecho, se requiere el haber ingresado el importe de matrícula por esos servicios académicos de la actividad formativa para la que se solicita, ya que paliar esos gastos es en lo que consiste la ayuda recogida en la convocatoria, precisamente. En caso de estar realizándose más de una actividad formativa en este curso 2019-20, se concederá una sola beca por beneficiario, que será la de mayor importe.
Una vez cumplimentada y presentada la solicitud, quedará registrada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. Se hace especial hincapié en que el proceso de presentación finaliza correctamente cuando se obtiene el resguardo debidamente cumplimentado, el mismo que hay que conservar. En cuanto al criterio de adjudicación de la ayuda, es la renta per cápita obtenida por la unidad familiar, conforme a unos criterios recogidos y detallados en el texto completo de la convocatoria, y ordenada en orden creciente. Completado el estudio de las solicitudes, la Comisión de Selección adjudicará las ayudas entre los solicitantes que cumplan todos los requisitos establecidos hasta asignar la totalidad del crédito económico disponible. A estos efectos, se establecerá un cupo específico de estudiantes discapacitados, que tengan reconocido un grado no inferior al 33%, hasta aplicar el máximo del 10% de reserva de la dotación presupuestaria, y un cupo general, que incluirá al resto de estudiantes, así como a aquellos que, teniendo reconocido un grado de discapacidad no inferior al 33%, no se incluyen en el anterior por exceder ese máximo del 10%.
En los supuestos de estudios de máster propio estructurados en módulos, cuando el estudiante realice varios conducentes a la obtención del título, si no se matricula del último, que comprende el Trabajo Fin de Máster, podrá obtener ayuda únicamente para el módulo cuya matrícula tenga un importe más elevado. En el caso de que sí se este matriculado para el TFM, sí será posible obtener ayuda para la totalidad de módulos cursados durante el curso académico. En los supuestos de actividades formativas consideradas ‘modulares’, excluidos los de máster ya mencionados, el alumno podrá obtener ayuda solo por la actividad formativa de mayor importe. Finalmente, la ayuda concedida no será inferior al 30% del importe de los precios públicos abonados y no superará el 50% de ese importe. En todo caso, es necesario insistir en que esta convocatoria no es tan solo para estos ‘Másteres Propios’, sino para ‘Títulos de Especialista’ y ‘Cursos y Expertos’ también.